Retiro Voluntario y Extraordinario del 25% de las AFP

Con el fin de establecer medidas extraordinarias para aliviar las economías familiares y dinamizar la economía nacional, contrarrestando los efectos negativos generados por el Estado de emergencia nacional a consecuencia del Covid-19.

Mediante la Ley N°31017 el Congreso de La República autoriza a los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (AFP) de forma Voluntaria Y extraordinaria, el retiro hasta el 25% de total de sus fondos acumulados acumulados en su cuenta individual de capitalización, estableciéndose como monto máximo el retiro equivalente a 3UIT (S/12,900) y como monto mínimo de retiro el equivalente a 1 UIT (S/4,300).

El retiro se realizará en dos armadas:

  • 50% en un plazo máximo de 10 días calendarios después de presentada la solicitud ante la administradora de fondos de pensiones.
  • 50% después de los 30 días computados de haber recibido el primer desembolso.

Importante:

Si el afiliado tiene en su fondo el importe menor a 1 UIT (S/4,300) el retiro será del 100%.

Queda claro que si el afiliado ya realizó el retiro de los S/2,000 según el Decreto de Urgencia N° 034-2020 sólo podrá retirar la diferencia del 25%.



Escrito por: C.P.CMarilyn Burgos
Publicado: 01/05/2020