contabilidad Mypes aún pueden acogerse a la recuperación anticipada del IGV
Por Decreto Legislativo N° 1463, las empresas acogidas
al Régimen Mype Tributario del Impuesto a la Renta (RMT) con ingresos netos
anuales entre 300 y hasta 2,300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) pueden
solicitar la devolución del crédito fiscal generado en las importaciones y/o
adquisiciones locales de bienes de capital nuevos.
Dicho decreto,
vigente desde el 17 de abril, prorroga la vigencia del Régimen Especial de
Recuperación Anticipada del IGV hasta el 31 de diciembre de 2023; además amplía
su ámbito de aplicación a las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes
de capital nuevos efectuadas desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de
diciembre de 2021, permitiendo que hasta dicha fecha las mypes puedan acogerse
de manera excepcional a este beneficio.
Esta norma tiene como fin coadyuvar con la
reactivación de la economía al promover la adquisición de bienes de capital, de
esta forma se busca mitigar el impacto económico del aislamiento social
obligatorio decretado para contener el avance del coronavirus.